La reciente publicación de la Encuesta Intercensal (EIC) 2025 permite actualizar una historia de treinta años sobre la afiliación a los servicios de salud en México. Aunque las instituciones públicas han cambiado bastante, la proporción de la población afiliada se ha modificado menos. Según la EIC 2025, 72.5% de la población declara estar afiliada a alguna institución, una proporción ligeramente inferior a 73.5% registrado en el Censo de 2020. Pero la nueva encuesta introduce un cambio en la medición: pregunta solo a quienes no declaran afiliación a servicios médicos si consideran que podrían recibir atención en una institución pública si llegaran a necesitarla. Al incorporarlos, la proporción asciende a 86.6%.
La diferencia es de catorce puntos porcentuales. ¿Significa esto que el sistema de salud protege a más personas de las que reconocen estar afiliadas? ¿Que la población conoce mejor su derecho a recibir atención médica en las instituciones públicas? ¿O que la nueva pregunta está incorporando una dimensión subjetiva del acceso: la percepción o expectativa de poder recibir atención pública cuando se necesite, aunque no se esté afiliado?
La afiliación se ha utilizado durante décadas como indicador de protección sanitaria y, con frecuencia, como aproximación a la cobertura y al acceso. Pero estar afiliado, considerar que se puede recibir atención pública y conseguirla cuando se necesita son situaciones distintas. La EIC 2025 permite distinguir las dos primeras, pero no alcanza para la tercera.
El INEGI comenzó a investigar el derecho a servicios médicos en el Conteo de Población de 1995. Inicialmente preguntaba cuántas personas del hogar tenían ese derecho, sin identificarlas individualmente. La Encuesta Nacional de Dinámica Demográfica de 1997 corrigió esa limitación y el Censo de 2000 incorporó tanto la pregunta individual sobre derechohabiencia como otra sobre el lugar donde las personas acudían a atenderse.
Posteriormente, la Encuesta Nacional de Ingreso y Gasto de los Hogares (ENIGH) incluyó preguntas sobre afiliación y desarrolló una secuencia en cascada que permite investigar problemas de salud y atención recibida. La EIC de 2015 sustituyó la denominación de derechohabiencia por afiliación, mientras que el Censo de 2020 modificó las opciones de respuesta para incorporar las nuevas instituciones. Pese a estas modificaciones, la pregunta sobre afiliación conserva su propósito: identificar la vinculación que reconoce la población con las instituciones de salud. Sin embargo, la movilidad laboral permite hoy que una persona entre y salga de la seguridad social varias veces durante el año; la encuesta registra su situación al momento del levantamiento, no la continuidad de su protección.
La creación del Seguro Popular introdujo una modificación. Millones de personas sin seguridad social adquirieron una afiliación nominal a una institución pública. El INSABI y posteriormente IMSS-Bienestar modificaron nuevamente la organización de los servicios públicos y los mecanismos de reconocimiento del derecho a recibir atención.
El cambio introducido por la EIC 2025 consiste en preguntar a quienes no declaran afiliación si consideran que podrían recibir atención en una institución pública en caso de sufrir una enfermedad, un accidente o algún problema que requiriera atención médica. La pregunta plantea una situación hipotética y admite solamente dos respuestas: sí o no.
La pregunta tiene sentido en un sistema donde es posible recibir atención médica sin contar necesariamente con una afiliación nominal. Una persona puede desconocer su inscripción, haberla olvidado o saber que puede acudir a los servicios públicos. Su respuesta también puede apoyarse en experiencias anteriores o en la confianza de que recibirá atención. La EIC no permite distinguir estas posibilidades, pero sí conocer una expectativa que la pregunta tradicional sobre afiliación deja fuera.
El problema aparece cuando esa expectativa se presenta como cobertura. En la EIC, 27.3% de la población declara no estar afiliada, pero solo 13.4% queda fuera del indicador ampliado. La reducción se obtiene al sumar a quienes consideran que podrían recibir atención pública, sin comprobar que la hayan conseguido. La pregunta amplía lo que sabemos acerca del reconocimiento del derecho, pero no la disponibilidad de servicios ni el acceso efectivo.
Dos grupos de estados, dos maneras de reconocer la protección
La comparación territorial muestra cómo cambia la lectura según el indicador. Actualmente, 24 entidades se han incorporado al IMSS-Bienestar y ocho mantienen sus servicios estatales de salud. La siguiente tabla agrupa los resultados de la EIC 2025 con esa clasificación, posterior al levantamiento.
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